Ciudad de Mexico, 18 de abril de 2026.- El Senado de la República aprobó por unanimidad una reforma al artículo 73 de la Constitución. La votación en el Senado fue de 109 votos a favor. La reforma faculta al Congreso de la Unión para expedir una Ley General en materia de feminicidio.

El objetivo de la ley es establecer el feminicidio como un tipo penal homogéneo en todo el país. La ley establecerá bases homogéneas para la tipificación, investigación, persecución y sanción del delito. La reforma establece que todas las muertes de mujeres deberán investigarse con perspectiva de género.

La ley plantea lineamientos para la prevención, esclarecimiento, sanción y reparación del daño. La propuesta incorpora nueve razones de género que obligan a investigar bajo ese enfoque. Establece penas de 40 a 70 años de prisión y añade 21 agravantes al delito.

Fija que la tentativa de feminicidio será sancionada con la mitad de la pena prevista para el delito consumado. La iniciativa incorpora por primera vez la reparación del daño y reconoce los costos sociales del feminicidio, como la orfandad. En México, en el 2025, las cifras oficiales señalan que se registraron 721 casos de feminicidios juzgados como tales.

En Tamaulipas, se reportaron en el 2025, 30 casos de feminicidio, de acuerdo a la fiscalía del estado. La reforma dejó fuera la Alerta de Violencia de Género contra las mujeres. La reforma no contempla una asignación clara de recursos para su implementación.

El proyecto de decreto pasará a las comisiones de la Cámara de Diputados. De aprobarse en la Cámara de Diputados, la reforma deberá ser aceptada en al menos 17 congresos locales. La titular de la Secretaría de las Mujeres, Citlalli Hernández, celebró la aprobación en el Senado.

Hernández calificó el hecho como un “paso histórico que reconoce la violencia contra las mujeres”. En contraste con la nueva perspectiva de género, se registraron citas de autoridades de fiscalías donde se indicaba “se suicidó” respecto a casos previos.

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